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Promulgan Ley que incentiva la inversión a las MIPYMES

Mediante la publicación de la Ley Nº 30056, publicada el día de martes 02 de julio el Congreso de la República ha dispuesto aprobar una serie de medidas para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial.

Entre las disposiciones que más resaltan, tenemos lo siguiente:

- Modificación del Decreto Legislativo Nº 973, que establece el Régimen Especial de Recuperación Antcipada del Impuesto General a las Ventas.

- Modificación de la denominación del TUO de la Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-TR por la siguiente "Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial".

- Modificación del objeto de la Ley, incluyendo a la mediada empresa dentro de las siglas, la cual se representa como MIPYME (Micro, pequeñas y medianas empresas).

- Modificación de las características de las MIPYME, eliminando el número de trabajadores como característica e incluyendo el rango de las medianas empresas respecto al nivel de ventas, entre 1700 UIT y hasta 2300 UIT.

- Modificación del artículo 65º de la Ley del Impuesto a la Renta, estableciendo que aquellos perceptores de rentas de tercera categoría que generen ingresos brutos anuales desde 150 UIT hasta 1700 UIT deberán llevar los libros y registros contables de conformidad con lo que disponga la SUNAT.

- Creación del Nuevo RUS que comprende a la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL)

- Modificación de los incentivos tributarios tipificados en el inciso a.3) del artículo 37º .

- Se prorroga por tres (3) años el régimen laboral especial de la microempresa creado mediante la Ley Nº 28015.

- Se encarga la administración del Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) a la SUNAT a partir de los 180 días posteriores a la publicación del reglamento de la mencionada Ley.

Se deja adjunto el texto de la Ley 30056 en el siguiente link: Ley Nº 30056

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